Listado de cargos simples

Compartimos el mail enviado por la UNGS con el listado de aquellos Docentes que cumplen con los requisitos estipulados en el Acta Paritaria que regula el artículo 73º del CCT.

Es importante que tengan en cuenta que el plazo para realizar los reclamos es del 19 al 27 de mayo. Si tenés alguna consulta o necesitás asesoramiento no dudes en escribir a adiungs@campus.ungs.edu.ar.

Estimadas/os docentes:

Queremos informarles que se encuentra publicado en la página web de la UNGS, sección concursos docentes la Disposición (SI) Nº6-2021 con el listado de aquellos Docentes que cumplen con los requisitos estipulados en el Acta Paritaria que regula el artículo 73º del CCT -que se adjunta-. Dicha publicación se llevará a cabo desde el viernes 14 y hasta el martes 18 de mayo.

Por otra parte, entre el 19 y el 26 de mayo quien considere que cumple con los requisitos fijados en esta paritaria y sin embargo no se encuentra mencionado/a en el referido listado, deberá enviar, a esta dirección de correo electrónico, el pedido de reconsideración. Solo se admitirán cuestiones referidas a los requisitos expuestos en el apartado 2 de la Resolución (CS) Nº7284/19 -que acompaña al presente-.

De acuerdo al apartado 2 de la Resolución antes mencionada dichos requisitos para las/os investigadoras/es docentes son:

Sólo podrán incorporarse a la carrera académica bajo el mecanismo aquí reglamentado los/las investigadores/as docentes, y docentes que cumplan con los siguientes requisitos, a la fecha de la firma de la presente paritaria: a. Que no posean ningún cargo docente concursado en la UNGS; b. Que cuenten con un mínimo de 5 años de antigüedad en la universidad ininterrumpidos (en cualquier situación de revista)[1]. Para el caso de los/las docentes deberán reunir como mínimo 10 cuatrimestres ininterrumpidos bajo cualquier forma de contrato docente; c. A los efectos del cómputo de la antigüedad, se admite acumular los servicios prestados en otros cargos interinos en la Universidad (ejemplo 3 años en JTP + 2 de Adjunto), siempre que se trate de cargos similares. Es decir, quienes revistan actualmente en un cargo de investigador/a docente no podrán acumular su antigüedad preexistente en un cargo MAF; d.…. En el caso de los/las docentes se incorporarán a carrera académica en la categoría en la que fue designado/a al momento de la reconversión; e. Que no se encuentren a menos de 12 meses de iniciar los trámites jubilatorios;  

[1] Según la normativa vigente solo interrumpen el cómputo de antigüedad las licencias sin goce de haberes.

Link de acceso a la página web UNGS – sección concursos: 

https://www.ungs.edu.ar/wp-content/uploads/2018/12/Disposici%C3%B3n-N%C2%B06-2021-Listado-de-docentes-simples-comprendidos-en-el-art73%C2%B0-CCT.pdf

https://www.ungs.edu.ar/wp-content/uploads/2018/12/Resoluci%C3%B3n-CS-N%C2%B07284-19-Acta-paritaria-IDs-D-Art.73%C2%BA.pdf

Ante cualquier inquietud, pueden contactarse a: concursosd@campus.ungs.edu.ar

Saludos cordiales,

Equipo de Carrera Académica y Concursos