Se aprobó la necesidad de reformar el Estatuto de ADIUNGS

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En día de ayer la asamblea aprobó la necesidad de reformar el estatuto de ADIUNGS. Dentro de tres semanas estaremos enviando a todos los afiliados y afiliados el proyecto de reforma propuesto por la Comisión Directiva. Más adelante, y según los tiempos que dispone nuestro estatuto para su reforma (5 de noviembre) realizaremos la asamblea para aprobar el nuevo estatuto. Para quienes no pudieron venir ayer enviamos un pequeño resumen para explicar los motivos y los principales puntos a reformar.

PROPUESTA DE REFORMA DE ESTATUTO ADIUNGS

Luego de varios años de crecimiento institucional del sindicato y de la propia universidad, se vuelve necesario pensar y avanzar en una posible reforma del Estatuto para poder dotar al sindicato de las herramientas necesarias para poder dar respuesta a las demandas de las y los afiliados, y de la propia organización.

La propuesta de reforma (borrador) tiene en términos conceptuales cuatro planos:

  • Estructurales y organizativas del Sindicato.
  • Electorales (para el cuerpo de delegados)
  • De gestión interna
  • De forma

Estructurales y Organizativas del Sindicato

1. Actualmente ADIUNGS cuenta con cinco Secretarías (secretario general; un secretario adjunto; un secretario de hacienda y administrativo; un secretario de prensa y comunicación; un secretario de acción social, cultura y derechos humanos) y cuatro Vocales con sus respectivos suplentes (uno por instituto). (art. 31)

La propuesta apunta a incorporar de manera específica tres funciones que aparecen actualmente muy difusas: Gremial, Organización y Género, e incorporar institucionalmente a las y los trabajadores docentes de la Escuela Secundaria. Esto plantea la necesidad de crear una nueva secretaría (Gremial), redefinir las funciones de algunas de las secretarías existentes e incorporar al vocal por la escuela secundaria.

De esa manera, la Comisión Directiva quedaría integrada por SEIS Secretarias (Secretaría General, Secretaría Adjunta, Secretaría de Administración y Finanzas; Secretaría de Prensa y Organización; Secretaría de Acción Gremial, y Secretaría de Género y Derechos Humanos. En negrita las nuevas o redefinidas) y CINCO Vocales con sus respectivos suplentes: se incorporaría el Vocal por la Escuela Secundaria.

2.Al momento de la creación del sindicato se estableció que el plazo de duración del mandato de la Comisión Directiva sería de dos años.

La experiencia de casi quince años de vida institucional y el análisis de los plazos de duración de los mandatos de otros gremios similares evidencia que una gestión de dos años es demasiado breve y presenta un conjunto de dificultades administrativas que afectan (y afectaron) el funcionamiento (teniendo en cuenta, por ejemplo, los largos plazos que se necesitan para conseguir el certificado de autoridades de la hoy Secretaría de Trabajo de la Nación).

Para poner algunos ejemplos de otros sindicatos de docentes universitarios en lo que refiere a la duración de sus mandatos: Mar del Plata (3 años de mandato), Córdoba (3 años de mandato), Tres de Febrero (4 años de mandato), Avellaneda (4 años de mandato).

La propuesta es llevar el mandato a 3 años.

3. Art. 60. Representación femenina. Actualmente el sindicato coloca el piso de la representación femenina en un 30 % (salvo que la Unidad académica tenga un porcentaje menor de mujeres).

Se propone elevar el mínimo al 50 %.

 De gestión interna

El artículo 22 solo habilitaba a tener depósitos en bancos públicos. La experiencia en el Banco Nación no fue buena en los últimos años y colocó al gremio en situaciones graves en lo que refiere a la disponibilidad y manejo de los recursos propios.

Propuesta: se habilita al gremio a depositar sus fondos en Bancos reconocidos.

Régimen electoral

  • Se incorpora un régimen electoral para la elección de los delegados de los Institutos y la Escuela. Actualmente el Estatuto no contiene un régimen electoral para los delegados, por lo tanto, el objetivo es dejar por escrito aquello que ya venimos haciendo, como por ejemplo la elección uninominal.

De Forma

  • Se establecen los tiempos de espera para dar inicio formal a la Asamblea Extraordinaria y Ordinaria en 30 minutos. Actualmente se establece un tiempo de espera de una hora.
  • Se establece que las autoridades de las asambleas son el Secretario General o el Adjunto y el Secretario de Prensa como Secretario de Actas. Salvo para las Asambleas ordinarias que aprueben memoria y balance en las que se debe elegir presidente de asamblea.
  • Adecuación de todo el Estatuto a un lenguaje no sexista.